Insolvencia
¿Qué es la insolvencia? La insolvencia es una situación económica en la que un individuo (persona particular o comerciante autorizado) o corporación, no puede pagar sus pasivos porque está o puede estar en una situación económica en la que el total de sus activos es menor que el total de sus deudas.
¿A quién están destinados los procedimientos de insolvencia?
En los procedimientos de insolvencia podrá intervenir, como se ha dicho, cualquier organismo, ya sea particular o comerciante autorizado, o, en ciertos casos, sociedad anónima. Cuando el monto de las deudas acumuladas supere los 150.000 NIS, el procedimiento se llevará a cabo ante el Comisionado y cuando el monto de las deudas sea inferior a 150.000 NIS, el procedimiento se llevará a cabo ante el Registro de Ejecución. Otra posibilidad es que los procesos se abran con la presentación de una solicitud de un acreedor (persona o empresa a la que se le debe dinero) o del Fiscal General.
Insolvencia de individuos
El procedimiento de insolvencia (anteriormente conocido como procedimiento de quiebra) es un trámite legal destinado a permitir que una persona particular (también un comerciante autorizado será llamado individuo para este asunto) que se encuentra en una situación en la que su flujo de efectivo y/o ingresos puede no ser suficiente para cumplir con sus obligaciones con sus acreedores, empresas u organizaciones, pueda llegar a un arreglo por el total de sus deudas en un solo trámite concentrado y saldar, aunque sea en parte, sus deudas, para que pueda rehabilitarse económicamente e iniciar un nuevo camino.
Insolvencia de corporaciones
La insolvencia de empresas (anteriormente conocida como procedimientos de liquidación) es un trámite destinado a permitir que las empresas que han caído en un estado de incapacidad para cumplir con sus obligaciones con los acreedores intenten congelar la situación legal durante un período determinado y recuperar la situación financiera de la empresa, con el deseo de cumplir con sus obligaciones con sus acreedores. Sin embargo, si la empresa no consigue presentar un horizonte económico y/o un plan de rehabilitación ordenado, la ley permite la liquidación y distribución de sus activos a los acreedores según su parte relativa y de acuerdo con los arreglos de cobranza allí establecidos.
Liquidación de una empresa insolvente
Hay muchas empresas en Israel que comenzaron como pequeñas empresas, pero se desarrollaron, crecieron y algunas se convirtieron en imperios económicos. Sin embargo, y naturalmente, hay negocios, de los que no se habla mucho, que fracasaron, por diversas razones y circunstancias (puro fracaso comercial, exceso de apalancamiento, problema de flujo de caja, cambio en las circunstancias macroeconómicas, etc.) y llegaron, en algunos casos, incluso a procedimientos de insolvencia.
Recuperación y rehabilitación de empresas
Entre todas las empresas que han llegado al estado de insolvencia, hay aquellas que, no obstante, tienen la oportunidad de entrar en un proceso en el que pueden seguir funcionando en un intento de rehabilitarse. Todo ello, a pesar de que en el camino a veces dejan una enorme estela de grandes deudas a proveedores, empresas y particulares.
Para que una empresa, corporación o propietario de un negocio entre en esta categoría y reciba un estatus que le permita a él y a su empresa recuperarse y rehabilitarse, debe recibir asistencia legal profesional, debe estar bajo la supervisión de un fideicomisario, respetar muchas condiciones y restricciones, y proporcionar informes de desempeño positivos que demuestren sin lugar a dudas que es un candidato merecedor que reúne las condiciones para recibir un plan de rehabilitación económica.
Para empresas como estas, un procedimiento de insolvencia suele durar varios años e incluye tres etapas o períodos principales:
Primera etapa – apertura del procedimiento: durante este período, se presenta una orden contra el deudor – ya sea una corporación o un individuo – conocida como «orden de apertura de un procedimiento de insolvencia y rehabilitación económica». La orden puede ser solicitada por el propio deudor por iniciativa propia de forma privada o por un representante en su nombre, así como por el acreedor, por medio de una solicitud de acreedor, e incluso por el Fiscal General en determinados casos.
Segunda etapa – período intermedio: Este período dura aproximadamente nueve meses desde el momento en que se recibe la orden y permite al comisionado examinar por medio de diversas restricciones, concreción de activos e informes periódicos si existe viabilidad económica para rehabilitar el negocio. La nueva Ley de Insolvencia otorga una alta prioridad a la rehabilitación económica del deudor, al incrementar los montos de las deudas que podrán recibir los acreedores, acortar los trámites judiciales y reducir la burocracia.
Tercera etapa – período de rehabilitación económica: este período de hecho sella el procedimiento de insolvencia y permite al deudor – si el informe de los resultados del examen del período intermedio muestra que cumple con las condiciones requeridas – comenzar el plan de rehabilitación económica según la orden. Este plan, que en realidad constituye un plan de pago de las deudas (devolución de las deudas), permitirá al deudor recibir una exención del pago de parte de las deudas.
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